Por si a estas alturas de la película fuese necesario, España vuelve a recordarle a sus ciudadanos y al resto del mundo que está gestionada por una banda de paletos y corruptos.

Esta mañana, el congreso de los diputados ha aprobado la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) con 172 votos a favor, 144 en contra y 3 abstenciones, con todo el hedor del Canon AEDE en sus entrañas.

Una reforma hecha a las espaldas de la legislación europea, esa a la que tanto se mira cuando el objetivo es apretarle, todavía más, el cuello a los ciudadanos.

¿Qué es el Canon AEDE?

Bueno, empecemos por qué es AEDE. Se trata de una asociación de medios tradicionales pertenecientes a grandes grupos de medios de información (Prisa, Unidad Editorial, Vocento o Grupo Zeta, entre muchos otros). Ningún medio puramente digital está en AEDE, porque son unos dinosaurios que se creen que seguimos viviendo en 1985, sin ser conscientes de que las reglas del juego han cambiado, pero todas, no solo las que juegan a favor de ellos.

El Canon AEDE se puede resumir a grandes rasgos en que si cualquier publicación fuera de AEDE, ya sea web, blog o servicios de agregadores de enlaces como Menéame o Google News, tendrán que pagar un canon a dichos medios.

Si «el infractor» se niega a pagar el canon podría ser multado. De hecho, si reincide, la cosa se puede poner más seria, con multas que podrían ir desde los 30.000€ a los 300.000€. Pero no solo eso, podrían exigirles a terceros «su colaboración» para ahogar al infractor, como los anunciantes de dicha web.

Una cacicada sin precedentes en el resto del mundo que posiblemente haga que muchas empresas dejen de operar en España.

Pero no solo a esto afecta la reforma de la LPI. Por si no fuese suficiente, también se acota el término y el derecho a la copia privada. Hasta ahora podíamos tener posesión de cualquier material, aunque hubiese sido descargado de internet por cauces extraoficiales. Ahora esto cambia:

Esta debe proceder de una obra a la que se haya accedido legalmente desde un soporte que contenga una reproducción de la obra, autorizada por su titular, comercializado y adquirido en propiedad por compraventa mercantil.

La sección segunda, ese órgano administrativo creado a raíz de la aprobación de la Ley Sinde hace unos años, que recordemos está formada por el gobierno, a dedo, para decidir si cierran una web o no, y no un juez, por incumplir la ley de propiedad intelectual, gana más poder.

Ahora podrán solicitar la «colaboración» a los prestadores de servicios de dicha web para cerrarles el grifo, ya sea .es o cualquier otro dominio de primer nivel registrado en España. Si estos prestadores de servicio se niegan, serían multados por no colaborar con el regimen. Además, el importe de las multas suben, y ahora podrán oscilar entre los 150.001 y 600.000 euros.

La persecución a las infracciones de copyright también se recrudece, ya que la identificación de los usuarios que puedan estar poniendo a disposición de otros, ya sea de forma directa o indirecta será más sencilla a partir de ahora, ya que obligarán a los ISP a darles esa información si no quieren ser multados.

Mediante la solicitud, formulada por el titular de un derecho de propiedad intelectual que pretenda ejercitar una acción por infracción del mismo, de que un prestador de servicios de la sociedad de la información aporte los datos necesarios para llevar a cabo la identificación de un usuario de sus servicios, con el que mantengan o hayan mantenido en los últimos doce meses relaciones de prestación de un servicio, sobre el que concurran indicios razonables de que está poniendo a disposición o difundiendo de forma directa o indirecta, contenidos, obras o prestaciones objeto de tal derecho sin que se cumplan los requisitos establecidos por la legislación de propiedad intelectual, y mediante actos que no puedan considerarse realizados por meros consumidores finales de buena fe y sin ánimo de obtención de beneficios económicos o comerciales, teniendo en cuenta el volumen apreciable de obras y prestaciones protegidas no autorizadas puestas a disposición o difundidas.

El ámbito universitario también se verá afectado, ya que a partir de ahora tendrán que pagar un canon por lo que hasta ahora no lo hacían. Es decir, por reproducciones parciales de obras con derechos de autor siempre y cuando no sobrepasaran el 10% del total. Por la enseñanza también pasarán el cazo, pero CEDRO, que es la que se beneficiará de esto, todavía se queja de que se quedan fuera institutos y colegios.

Así de desolador está el panorama de internet y de la información general en España, como el resto del país, gestionado por incompetentes, corruptos e interesados, con toda la poca vergüenza del mundo.

El que quiera echarle un vistazo a esta reforma de la ley al completo puede hacerlo desde aquí.